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Ayudas REHABILITACIÓN de viviendas y edificios

Descubre las condiciones para solicitar las ayudas de la Junta de Andalucía a la rehabilitación de viviendas y edificios


La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio tiene publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) tres convocatorias de subvenciones para la rehabilitación de viviendas y edificios que cuentan con una inversión pública de 30 millones de euros, si bien la inversión global generada será de 71,8 millones de euros. Estas ayudas cubrirán las necesidades de los hogares de 6.900 familias andaluzas, esto es, de unas 20.000 personas. Estas tres convocatorias están financiadas con fondos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y fondos propios de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.


Los Plazos

Los propietarios y comunidades de vecinos tienen hasta el 28 de febrero para solicitar estas después de que ya hayan sido publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La tramitación de solicitudes y descarga de documentos se puede realizar en la web de la Consejería de Fomento.


Las Ayudas

El programa de ayudas para la rehabilitación de edificios va dirigidoa las comunidades de propietarios de edificios de viviendas y se dirigen especialmente a mejorar la accesibilidad, aunque también hay una línea específica para mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad. La mayoría de las solicitudes recibidas irán dirigidas a la instalación de ascensores, así ha ocurrido en el 90 por ciento de las solicitudes de años anteriores.

En el caso de la rehabilitación de viviendas privadas la ayuda consistirán en obras para la conservación y la mejora de la accesibilidad de las viviendas, así como mejoras de eficiencia energética y sostenibilidad. Se calcula una subvención media por vivienda de 7.140 euros.

Tanto en la rehabilitación de edificios como en la de viviendas, los solicitantes podrán ser beneficiarios de una subvención equivalente al 40 por ciento del presupuesto protegible de la actuación.


Las Condiciones

Para ello, tendrán que tener unos ingresos inferiores a 5,5 veces el Iprem. La cuantía subvencionada se podría elevar al 75 por ciento del presupuesto en las viviendas con ingresos familiares inferiores a tres veces el Iprem o donde resida en la misma una persona con discapacidad o mayor de 65 años y se acometan actuaciones para la mejora de la accesibilidad.

Por último, el programa de Adecuación Funcional Básica dispondrá de 585.100 euros para contribuir a la financiación de obras y, en algunos casos, las asistencias técnicas para mejorar la seguridad y la adecuación funcional de las viviendas habituales a las necesidades de personas mayores de 65 años o personas con discapacidad que tengan reconocido al menos un 40 por ciento de discapacidad y movilidad reducida. Las personas beneficiarias deben tener ingresos familiares no superiores a 2,50 veces el Iprem.

Entre las actuaciones que se pueden acometer se encuentran la supresión de barreras arquitectónicas, la adecuación del ancho de puertas, la mejora de la seguridad de la instalación eléctrica o de gas, la instalación de suelo antideslizante y de asideros en los baños, así como la sustitución de bañeras por platos de ducha, y la colocación de pasamanos en pasillos.

El programa de Adecuación Funcional Básica recoge una subvención que cubre el 70 por ciento del presupuesto de la obra, siendo el importe máximo de las ayudas concedidas de 2.000 euros, importe que podrá verse incrementado hasta 600 euros en caso de que fuesen preceptivos gastos en concepto de asistencia técnica. El importe definitivo de la subvención se liquidará aplicando al coste de la actividad efectivamente realizada y conforme a la justificación presentada. Se estima una subvención media por vivienda de 1.400 euros.





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